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Convenio de Cibercrimen – Avance en la construcción de Peru Digital

Publicado: 2020-11-19

La Resolución Legislativa 30913, el Congreso de la República publicada el 13 de febrero de 2019, ratifica por unanimidad, la adhesión del Perú al Convenio sobre Ciberseguridad, también conocido como Convenio de Budapest. Un largo camino desde que el Convenio se firmará en 2001 y desde que se iniciarán esfuerzos en el Perú por adherirnos a este instrumento internacional. Un camino que ha tenido vaivenes de índole geopolítica algunos de ellos, en otro desconocimiento de personas claves en la toma de decisiones y en algunos casos simples intentos de re-inventar la polvora. 

El Convenio de Budapest es un instrumento que conjuga tres aspectos importantes: aspectos de derecho penal sustantivo (tipificación de delitos); instrumentos de derecho procesal penal y herramientas de cooperación. Es pues el Convenio de Cibercrimen un instrumento de Puntos Mínimos Regulatorios para poder afrontar, en base a la cooperación internacional, un fenómeno delictivo que tiene lo transfronterizo como una de sus características.

Esta adhesión además nos exige diversas acciones. Primero acciones regulatorias: a) la necesaria revisión de la legislación penal informática del Perú, no solo la (mal llamada) ley de delitos informáticos, sino también el DL 1182 y DL 1338 y sus normas de desarrollo; y de igual modo el DL 1412 y las normas asociadas a temas digitales penales. b) el desarrollo de la normativa sobre informática forense. c) el desarrollo normativo de una legislación armónica en materia de Ciberseguridad y Ciberdefensa. En este último ítem se ha avanzado ya con la ley de Ciberdefensa y estamos a la espera de su reglamentación; de otro lado la ley de ciberseguridad esta para insistencia al reiniciarse el Congreso a inicios del 2020.

De otro lado un segundo grupo de acciones que están enfocadas en el desarrollo de capacidades en operadores de cumplimiento normativo (jueces, fiscales y policías), que se añade a una tercera acción que es el establecimiento de los mecanismos de cooperación internacional, los oficiales 24/7 para recibir, requerir y compartir información con los otros países partes del Convenio.

Pero ¿Cuál es la relevancia de la firma de este Convenio?. La fundamental es que Perú completa un proceso de entender que el ecosistema digital se encuentra entrelazado a nivel global y no solamente se deben desarrollar soluciones “islas” sino entender el contexto internacional. También es un reconocimiento al esfuerzo de diversas entidades de adoptar Minimos Regulatorios coincidentes a nivel internacional y descartar soluciones que no entienden el ecosistema digital.

Es también importante señalar que la adhesión se hizo en el marco de las mesas de dialogo de la Comisión de Defensa del Congreso de la República en materia de ciberdefensa y Ciberseguridad, que desde su primera sesión requirió la imperiosa ratificación de la adhesión del Perú al Convenio de Budapest.

Coincide además la adhesión al Convenio de Cibercrimen con lo expresado en la Política de Estado 35 del Acuerdo Nacional, sobre Sociedad de la Información. Es decir es parte de una política de estado en la construcción de un Perú Digital.

El Convenio ya ha sido firmado, se ha depositado el instrumento y desde el día 1 de diciembre del 2019 somos firmantes de manera plena. Por lo cual las diversas labores que se han descrito en este artículo deberían estar ya en proceso: la revisión normativa, la creación de las normas en informática forense y la culminación de las normas en ciberseguridad y ciberdefensa. No hay excusa para no avanzar con estas regulaciones.

El ecosistema digital entonces cuenta ya con una norma general de cibercrimen, esta trabajando una propuesta de ciberdefensa pero queda pendiente las normas sobre Ciberseguridad y de Informática Forense, pero se abren desde ya los instrumentos e cooperación pera la persecución el delito. Esto significa también que se abre una posibilidad para el desarrollo de una industria de servicios de Ciberseguridad, de informática forense y de seguros en materia digital.

Como parte de la agenda internacional queda pendiente el establecimiento de un ente articulador en materia digital, una agencia de sociedad de la información. Adherirnos al Convenio 108 de Protección de Datos Personales (también del Consejo de Europa), establecer una Agenda Digital 3.0 y sobre todo entender que el fenómeno digital no es “tema aparte” sino transversal a todos los procesos sociales.

Hemos de añadir que en los últimos días el Gobierno de Brasil ha iniciado su proceso de adhesión. El Plan de Acción eLAC 2010 (que se adoptó en San Salvador en el 2008) indicó como meta 81: “81. Invitar a los países a estudiar la posibilidad de ratificar o adherirse al Tratado de Ciberdelitos del Consejo de Europa y su Protocolo adicional, como un instrumento facilitador de nuestra integración y adecuación normativa en esta materia, enmarcados en principios de protección de los derechos de privacidad.”.

eLAC es la estrategia de Sociedad de la Información de América Latina que viene desde el año 2005. En cumplimiento de la meta del Plan eLAC 2010 estos son los países que se han adherido al Convenio de Budapest o están en proceso son: Argentina (2018); Brazil (invitado), Chile (2017), Colombia (invitado), Costa Rica (2018), Mexico (ha expresado su interés), República Dominicana (2013), Panama (2014), Paraguay (2018), Peru (2019). De las Américas tanto USA como Canada también son parte del Convenio.

Es pues el Convenio de Budapest el principal instrumento internacional para el combate contra el cibercrimen, que tiene como característica fundamental el ser transfronterizo, es por ello la importancia de que Perú y los diversos países de América Latina se encuentren adheridos y utilicen este convenio como un mecanismo de Puntos Mínimos Regulatorios.

Sin duda, un avance en la construcción de un Perú Digital.


Escrito por

Erick Iriarte Ahon

Si he de empezar por un lado a describir lo que soy, solo puedo decir, que no soy lo esperado.


Publicado en

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