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La ley de interferencia y difusión de comunicaciones personales le aplica a internet?

Publicado: 2011-12-19

Lo siguiente es una transcripción de las declaraciones de Daniel Abugattas (Presidente del Congreso), Luis Iberico, Javier Bedoya (impulsor de la ley sobre Interferencia y difusión de comunicaciones privadas) y Alberto Beingolea (Presidente de la Comision de Justicia del Congreso), en el programa Primero a las 8 (@canaln_) del día 15.12.11.

Haremos un análisis de lo dicho por cada entrevistado. Para un mayor análisis sobre la ley sobre Interferencia y difusión de comunicaciones privadas pueden leer mi artículo: No Divulgación de comunicaciones privadas: entre la privacidad y la libertad de prensa

Declaraciones del Presidente del Congreso Daniel Abugattas sobre la Autografa

Congresista Daniel Abugattas: "Yo sugiriria, como sugerencia, que yo preferiría tener un documento del ministerio publico que me diga que hay todos los indicios para un delito".

Periodista Jimmy Chinchay: Pero también la libertad de expresión, la libertad de  prensa, para poder definir exactamente

Congresista Daniel Abugattas: Estas hablando de medios ilícitos, o sea, quizás la posicion, digamos, que pueden ustedes defender es decir señores a partir de hoy es licito interferir telefónicamente a quien quieran interferir, entonces si quieren, presenta un proyecto y yo te lo

No, es que, ese es el otro punto, estamos hablando de un acto ilícito, por ejemplo  hablando puramente, todo lo relatado en los petroaudios no tiene ningún valor jurídico.

(…)

Congresista Daniel Abugattas: A que no se aplica?...

Periodista Jimmy Chinchay: a las paginas webs?

Congresista Daniel Abugattas: Eso no esta regulado, no esta regulado. Alli tenemos todo un mundo, o sea, probablemente, no digamos, la pagina web del diario el comercio, porque eso si es un medio de comunicación, pero otras paginas webs pueden publicar las cosas sin ningún problema

Periodista Jimmy Chinchay: los medios de comunicación no pudieran utilizar ese material difundido ya [en internet]

Congresista Daniel Abugattas: Ya encontraste la salida, ya, claro porque no lo has difundido tu, sino fulano".

Comentario Iriarte: El Congresista Abugattas dice en su comentario que la ley de comunicaciones privadas no se aplica a las páginas webs. Siendo entonces que puede haber ocurrido dos cosas: o como se refleja del comentario de otros congresistas solo estaban tratando de regular el tema de "interferencia telefónica y divulgación de las mismas" y aprovecharon y colocaron "comunicaciones privadas", o y es peor aun, considera que el "internet" y sus "webs" son un tema que requiere una regulación especial.

Lo expresado por el Congresista Abugattas se condice con lo que la doctrina y últimamente la jurisprudencia dicen sobre Internet: no es un mundo sin reglas, ni donde no se puede aplicar el derecho vigente, y mucho menos un lugar donde se requieran de leyes especiales. Siendo así lo que refleja el comentario del Presidente del Congreso, es que de pronto tendríamos que empezar a hacer regulaciones específicas para Internet y con ello abrir una caja de pandora.

Es interesante leer algo que ya habíamos venido diciendo, que los petroaudios, al haber sido obtenidos de manera ilícita no pueden ser utilizados como prueba, más si pueden ser utilizados como indicios para otras invetigaciones.

Si quiero dejar constancia, que la autografa publicada si contempla internet, porque no hace distinción alguna del "medio" de difusion del contenido, pero eso tambien implica algo que ya he expresado:"que no se trata de solo aquel que interfiere o escucha sino que el que divulga así no haya interferido o escuchado sea posible de sanción. De esta manera tenemos que si alguien publica en su blog un contenido de una comunicación privada que un tercero interfirió o escucho también es sancionable. La norma no hace distinción sobre el formato donde se publique el contenido accedido.

Pongo aquí un tema en el debate: un link en Internet “compartiendo” un sitio relevante que pudiera difundir una comunicación privada lo considerará la autoridad como “difundir”? si hago un RT (Re-Tweet) de algo que alguien coloco que es un contenido que es una comunicación privada o enlaza a una comunicación privada, se considerará difundir y por tanto sancionable? Cual es el límite de la difusión?, la primera difusión?, el “rebote”? El responsable/editor de un blog o portal donde un tercero coloque un contenido que difunde comunicaciones privadas también es responsable?"

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Declaraciones del Congresista Luis Iberico la Autografa

Congresista Luis Iberico: "se ha aprobado que siendo el chuponeo telefónico un delito, la difusión de lo chuponeado también lo sea, salvo que esta difusión revele hechos que contravengan el ordenamiento legal, es decir si por ejemplo un medio de comunicación difunde algo como los petroaudios, que revelan un caso de corrupción, allí no hay comisión de delito. Lo que se trata es que no se difundan temas que tienen que ver con la vida privada de la gente y que no tienen por que ser materia de difusión, porque no es un asunto de interés publico. Las cosas de interés publico, todo lo que contravenga el ordenamiento legal del país eso si puede difundirse sin ser materia de un castigo penal"

Comentario Iriarte: Este comentario esta claramente enfocado a lo que han creído que han aprobado, una modificación al articulo sobre interferencia telefónica, cuando en realidad lo que han hecho es abrir la figura a cualquier forma de comunicación que pudiera ser intervenida (incluyendo  emails, sms, comunicaciones por chat (Messenger, blackberry Messenger, whatsapp, skype), comunicaciones por IP (Skype), status de Facebook y Twitter (en tanto se encuentren en modo privado, en Facebook por defecto en Twitter por elección), mms, entre otros."

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Declaraciones del Congresista Javier Bedoya (autor de la autografa)

Congresista  Javier Bedoya: "haciendo la precisión en el párrafo final del articulo que no hay responsabilidad, o sea que esta excento de responsabilidad, la difusión de comunicaciones que tuvieran un contenido delictivo perseguiste por acción penal publica o que contravenga el ordenamiento legal vigente"

Periodista Catia Gutierrez: La corrupción …

Congresista  Javier Bedoya: Bueno, si lo que se esta un contenido que esta evidenciando hechos de corrupción que son delitos perseguibles, estaría excepto de responsabilidad

Periodista Catia Gutierrez: Algunos periodistas han tomado esto como una ley mordaza, porque se dice que no se pudiera argumentar o clarificar a ciencia cierta que es lo publico o que es lo privado o si una conversación privada puede tener un hecho delictivo o no

Congresista  Javier Bedoya: Si se va a poder clarificar, claro que se podrá clarificar. Hay dos momentos: clarificarlo antes, primero, yo diría, que lo primero que tiene el periodista hacer es evitar estar chuponeando indebidamente, no quiero que tengan patente de [corso], no pongamos pues el parche, porque si se trata de periodistas no tienen porque llevar una corona, ya.. entonces

Periodista Catia Gutierrez: no son los periodistas finalmente los que…

Congresista Javier Bedoya: Entonces, no podemos… pero son los que difunden verdad, entonces claro, otro es el que interfiere, y el periodista es el que difunde, pero van de la mano, se complementan, entonces lo primero que tiene que hacer es no interferir no chuponear, segundo si le alcanzan algo chuponeado, evaluarlo.

Comentario Iriarte: Esto no es una ley mordaza, pero termina siendo una ley de autocensura al no poder establecer claramente que es "un delito perseguible por acción pública". Lo que ha generado el legislador es una espada de Damocles, que termina por un tema de protección de privacidad desequilibrando nuestro proceso democrático que incluye otro derecho humano: la libertad de expresión y de prensa.

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Declaraciones del Presidente de la Comisión de Justicia, Alberto Beingolea

Congresista Alberto Beingolea: Ha sido una ley, no una ley, una modificación al articulo pertinente del código penal que se ha aprobado con el voto de todas las bancadas, hubo un voto en contra, dos abstenciones, todos los demás congresistas votaron a favor. Lo que indica que hay acuerdo sobre esta medida. De lo que se trata es de lo siguiente  la interceptación telefónica es un delito grave, feo, que nos impide que vivamos en paz. Hace mucho tiempo, no se si esta opinión la comparten los amigos que nos están escuchando, yo por lo menos vivo con la intranquilidad de pensar que si estoy hablando por teléfono alguien puede estarme escuchando, ocurre con figuras publicas, ocurre con periodistas, y ocurre con cualquiera que tiene una actividad económica, porque ahora todos pensamos o sabemos o suponemos que hay empresas delictivas que se dedican, el caso business track, a chuponear, para que?, para vender a otras empresas competidoras. Nadie esta libre, hoy en el perú ya no se puede hablar por teléfono (…)

De que se trata esta norma: Lo que esta penalizado en el código penal es interferir comunicaciones telefónica, interferirlas o  escucharlas es un delito sin embargo no esta penalizado el difundirlas, lo cual es un absurdo.

Periodista Catia Gutierrez:No existe el riesgo que se entienda como una especie de mordaza a la prensa, finalmente quien define que es de interés publico y que no

Congresista Alberto Beingolea: Si me permites terminar, si esta penalizado interferir y esta penalizado escuchar el no penalizar difundir es un problema porque siempre va ha haber alguien dispuesto a difundir, y como hay alguien dispuesto a difundir  siempre habrá una empresa dispuesta a interferir, es decir, si no penalizamos la difusión el chuponeo va a continuar, no hay manero de pararlo y estos últimos quince años del Peru, han demostrado que no hay manera de pararlo, porque siempre habrá alguien dispuesto a difundirlo

Ahora, se establece con toda claridad en la norma que  cuando el contenido de la comunicacion es un contenido vulnerativo de la ley o vulnerativo de materia penal en ese caso no será delito difundirlo".

Comentario Iriarte: El presidente de la Comisión de Justicia refleja lo que ha sido el derrotero de este artículo, comenzo siendo un artículo sobre intervención telefónica y se ha ampliado a toda la gama de comunicaciones (incluida internet, a pesar de lo que diga el Congresista Abugattas).


Escrito por

Erick Iriarte Ahon

Si he de empezar por un lado a describir lo que soy, solo puedo decir, que no soy lo esperado.


Publicado en

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