Tomando como punto de partida este post: Sobre Derechos de Autor en Campañas Politicas o como APDAYC quiere controlar todo he acepto el debate de APDAYC/Armando Masse, y he propuesto el dia 22 de Marzo para el debate. Desde ya todos invitados
El mail que da origen al debate:
Buenas tardes Erick:
Anoche no pude contestar tu último email por razones de trabajo y sin ánimo de convertir este intercambio de posiciones en uno de carácter infinito, deseo referirte lo siguiente:
Mi intención jamás fue desacreditarte y sólo pensé en evitar que personas que lean tus apreciaciones puedan terminar siendo denunciados, no por APDAYC, sino por sus propios autores y así evitarle problemas a todo el mundo.
Creo que quien debe ser más cauteloso en sus apreciaciones eres tú, pues yo jamás usaría expresiones como las que tú usas al dirigirte a mi persona en tus diversos y últimos comentarios; en fin, los modales y la tolerancia siempre serán buenos consejeros y espero que tú los hayas recogido plenamente, pues tu señor padre siempre ha sido un caballero.
Estoy dispuesto a tener un debate público para tratar este tema y donde el ganador no seamos ninguno de los dos, sino la sociedad real y sociedad de información que tanto invocas.
El escenario podría ser en cualquier foro universitario como: San Marcos, la Católica, Garcilaso de la Vega o si prefieres, en el INDECOPI, o donde podamos coincidir.
He visto que el tema ha despertado incluso opinión internacional (Colombia y República Dominicana por ejemplo) a quienes estoy respondiendo con copia a tu persona, pues aquí de lo que se trata es debatir abiertamente sin puyas ni personalizaciones.
Quedo a tus órdenes y nuevamente reitero mis saludos a tu señor padre, quien me inculcó el respeto de los derechos y sus principios.
Atentamente,
Armando Massé Fernández
Presidente
——
Y yo he respondido esto:
Estimado Armando..
Acepto tu propuesta de un debate, que creo sera productivo para todos. Me encargo de anunciarlo y que el dialogo haga crecer la sociedad de la informacion. Te parece el dia martes 22 de marzo, digo para que tengas tiempo suficiente para el dialogo.
De otro lado quisiera mencionar que el debate internacional de este tema no solo ha llegado a Colombia y Republica Dominicana, sino que se esta rebotando por toda la red de comunidades especialistas en nuevas tecnologias, en licencias abiertas, de grupos musicales, de culturas tradicionales, de sociedad de la informacion, de america latina y europa, dado la relevancia de tus afirmaciones, y por ejemplo sera importante señalar que muchos paises tienen diferencias sustanciales en como aprecian el derecho de autor, mas aun en tiempo de campañas.
Erick Iriarte Ahon
——
UPDATED 24.02
El dia de hoy (24.02) Armando Masse me ha escrito este mensaje, donde reconfirma la fecha y hace una propuesta de forma:
“Buenas noches ERICK:
Perfecto !!! si te viene bien el martes 22 de marzo que asi sea. Yo entonces planteo que el lugar Sea el INDECOPI
Te propongo armar juntos una agenda
De temas a debatir para que exista un
Orden y los asistentes tengan claras las
Posiciones y puedan sacar sus conclusiones.
Otro punto importante sera evitar las posiciones personales y abocarnos a lo
Que pueda servir a los interesados: lo
Que indica la Ley peruana y los tratados
Internacionales vigentes,esto porque no cabe perder el tiempo en subjetividades
El debate podria tener una duracion promedio de tres horas si te parece.
Cada uno de nosotros podria llevar hasta dos invitados para evitar personalizar los debates.
El tema de debate seria el que ha dado pie a este tema a fin de No divagar ni propiciar tangencialidades
El debate podra ser grabado y difundido
Sin editar
Cada parte deberia hacer una exposicion Preliminar de 20 minutos para que los Asistentes tengan una base de formacion de criterio.
Todas las afirmaciones deberan tener
Condicion de cerrteza ,declaracion jurada de no sorprender la FE PUBLICA
Las cuales deberian depositarse ante el
INDECOPI con 24 hrs antes del debate.
Si tu quieres sugerir algo mas,adelante
Si es que ello va a propiciar a que las personas interesadas puedan sacar sus
Propias conclusiones,partiendo de premisas fundadas,pues estoy seguro
Que ni tu ni yo estamos para circos ni Perdidas de tiempo.
Si mas adelante quieres tocar otro tema
Con mucho gusto tambien quedo a tus Ordenes.
Atentamente
Armando Masse
Catedratico de Derechos de Autor del
UIGV – Peru. y UBA Argentina
Maestrista PUCP Propiedad Intelectual VICEPRESIDENTE DELl COMITE IBEROAMERICANO DE LA CISAC”
—–
Ante este email solo he podido responder, que claro, pero con algunas lineas de acción, así que reconfirmamos el 22 de Marzo debate Derecho de Autor en la Sociedad de la información:
“Buenas Tardes
Me parece bien INDECOPI de moderador seria una gran oportunidad, sobre todo para la oficina de derecho de autor, liderada por Martin Moscoso, quien espero acepte esta invitacion. Pero hacerlo en INDECOPI podra ser complicado puesto que has pedido un “debate politico” sobre el tema, e INDECOPI tiene limitaciones para actividades politicas, te propongo la PUCP, ente que es neutral y no creo que podamos en ninguna circunstancia, negar su imparcialidad y calidad academica.
Sobre cuantos hablemos, creo que tu y yo tenemos para rato y plantear los planteamientos de manera clara, 20 minutos iniciales, 10 minutos de segunda ronda, y que sea la comunidad la que de sus preguntas.
Sobre la transmision en vivo y grabacion, me parece genial dado que era lo minimo para un debate global y de gran alcance, cuenta con ello.
Sobre subjetividades, me parece bien, dado que hablaremos de realidades y doctrina y jurisprudencia. Un debate cientifico/politico en toda regla.
Sobre mis afirmaciones en INDECOPI, si lo requieres no tengo problema, pero tengo una atingencia: mis frases, escritos, textos, clases, presentaciones, estan todas en la red desde hace años, solo sera un renovar de lo mismo.
“Derechos de Autor en la Sociedad de la informacion”, me parece mas que suficiente como tema. Creo que APDAYC y tu a su nombre, tienen mucho que decir y compartir, y en dicho compartir escuchar y aprender. Igual que lo que me a toca a mi.
Sera un honor debatir contigo.
Erick Iriarte Ahon”
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UPDATED:
El debate continua en: Derechos de Autor en la Sociedad de la Informacion – Debate Publico Iriarte/APDAYC-Masse – Los Temas de Debate
Erick Iriarte Ahon
#internetparatodos – 12 APRA x Lima
http://www.iriartealcongreso.pe
[...] This post was mentioned on Twitter by adachambergo, adachambergo, adachambergo, coyotegris, APECE Perú and others. APECE Perú said: Derechos de Autor y Campañas – Y yo Acepto el Reto de APDAYC para el Debate – 22 de Marzo Masse/Iriarte- http://tinyurl.com/4986v28 [...]
DR.??? IRIARTE. ME LO IMAGINO POR SU APARIENCIA JOVEN QUE UD. AUN NO HA FUNDIDO LA TEORIA APRENDIDA EN EL CLAUSTRO UNIVERSITARIO CON LA REALIDAD DE LA PRACTICA Y EL CONOCIMIENTO QUE DA LA EXPERIENCIA Y LA CONTINUA CAPACITACION EN EL APASIONANTE MUNDO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Y EL DERECHO DE AUTOR. NO ME LO IMAGINO A UD.(HAGO ESFUERZOS) CREANDO UN POEMA O UNA CANCION Y QUE LE DESEARIA EXITOS,PERO … Y SI SE LA TOCAN SIN SU AUTORIZACION? SI LA GRABAN EN EL EXTRANJERO SIN SU V°B° Y SE CONVIERTE EN UN BOOM MUSICAL? SI LA USA ALGUIEN DE SU PARTIDO O DE OTRO Y SI GANASE LAS ELECCIONES CON SU CANCION COMO FONDO MUSICAL? Y ENCIMA QUE LE MODIFIQUEN LA LETRA ORIGINAL ? ESTOY SEGURISIMO QUE UD. TRATARIA DE COBRAR POR TODOS LOS MEDIOS POSIBLES SUS REGALIAS POR SER JUSTAS Y HASTA SE HARIA SOCIO DE APDAYC PARA QUE LO REPRESENTE Y HASTA LE TIRARIA DEDO A LA CASA DEL PUEBLO SI ALLI TOCASEN SUS TEMAS Y LUCREN CON ELLOS. SE NOTA Y TRASLUCE UD. QUE SU SOBERBIA INICIAL EN BASE A QUE?? QUIEN LO CONOCE A UD?? SE ACABARA EN LA SEGUNDA VUELTA ELECTORAL YA QUE NO CONSEGUIRA UD. NADA Y SI LO LOGRA ( QUE PENA POR EL PERU CON ESA FORMA DE PENSAR CHAU DERECHOS DE AUTOR, CHAU CISAC, CHAU ONPI, CHAU LATIN AUTOR, CHAU MECENAZGO, CHAU PROPIEDAD INTELECTUAL ) TAL VEZ SOLO SEA POR EL SUPUESTO MOVIMIENTO SOCIEDAD DE LA INFORMACION QUE UD LIDERA?? ( HAY OTRO MOVIMIENTO QUE SI SERA DE CONNOTACION NACIONAL E INTERNACIONAL ) O SINO SERA POR EL ILUSTRE Y HONROSO APELLIDO QUE LLEVA Y QUE UD NO TIENE LA CULPA DE TENERLO YA QUE NO TENIA USO DE RAZON CUANDO LO INSCRIBIERON RESPONSABLEMENTE SUS PADRES Y CREO QUE AHORA A PESAR DE SUS ESTUDIOS Y PERTENECER AL PARTIDO DE GOBIERNO UD LE HACE UN FLAQUISIMO FAVOR AL RESPETO AL DERECHO UNIVERSAL DE LOS CREADORES INTELECTUALES TAN NECESARIO EN PAISES FALTOS DE DERECHO JUSTO Y TRANSPARENTE COMO EL NUESTRO.
CONCLUYO CON QUE UD ACEPTA MAS ESTE DEBATE CON EL SR.MASSE PARA QUE ALGUIEN MAS LO CONOZCA EN SUS AFANES POLITICOS.CREO QUE COMO HOMBRES DE DERECHO LE SUGIERO ANALIZAR BIEN EL MARCO LEGAL Y LOS TRATADOS SOBRE DERECHO DE AUTOR INTERNACIONALES. LO QUE SI LE SUGIERO ES QUE PIDA A SU PROGENITOR POR LO MENOS SU BENDICION ANTES DEL DEBATE YA QUE NO CREO QUE UD SEA CAPAZ DE PEDIRLE CONSEJO EN ESTAS MATERIAS YA QUE SI LO HICIESE Y EL ACCEDIESE ESTARIA EN RIESGO EL PALMARES QUE EL HA LOGRADO TENER CON SABIDURIA, HONRADEZ ,TRANSPARENCIA Y SOBRETODO HUMILDAD QUE VEO LE HACEN MUCHIIIISSSSIIIIMMAA FALTA A UD..
Un aporte de Dennis Davila en Peru-Digital:
“¿Será un debate entre el Neardenthal y el Homo Sapiens?
Entre los criterios de APDAYC y las nuevas opciones que ofrecen las TICS de hoy, hay CHOQUE de dos eras y cuando esto sucede, no hay lugar a debate; una de ellas se impone irremediablemente.
Sólo hay que aclarar conceptos, tendencias y las nuevas posibilidades y exigencias de la sociedad actual en esa materia.
Creo que APDAYC tiene que hacer lo que hizo el Cartero cuando supo del correo electrónico, guardó su mochila y se fue.
Saludos”
Desde Chile: Claudio Ossa (academico en Derecho de Autor y Derechos conexos en 5 Universidades chilena) nos envia este comentario
“Sobre el uso de música en campañas
Quisiera comentar algunas cosas que me han llamado la atención y, ver si se puede aportar un granito de arena a los argumentos que seguramente se debatirán por los protagonistas en marzo.
Iré por partes:
Se indica en primer lugar que “Las agrupaciones políticas deberán pagar a la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC), por el uso de las composiciones y las interpretaciones en sus mítines y actividades electorales públicas, indicó Armando Massé, presidente de la APDAYC Fuente: RPP”
Es verdad que procede solicitar autorizaciones de uso a los titulares de derechos de autor y derechos conexos cuando se va a utilizar una obra musical, interpretación o ejecución artística y fonograma que permanece en dominio privado. La forma de establecer quien se encuentre obligado a ello y la licencia de uso que se debe conseguir variará según las formas de utilización que se vayan a efectuar en cada caso, así por ejemplo un usuario podría desear utilizar sólo la obra, la obra + la prestación artística o la obra + la prestación + el fonograma y el uso podrá querer hacerse para obtener copias o para comunicar lo obtenido a través de la reproducción para su posterior distribución (ejemplares) o para darlo a conocer a terceros vía comunicación pública o su puesta a disposición por Internet.
Por tanto, quien vaya a efectuar el uso es quien debe acudir a solicitar esas autorizaciones previo a hacer ese uso, siendo posible que ese usuario potencial pueda ser una persona natural (física) o una persona jurídica (empresas, asociaciones, etc.)
Existen entidades que están autorizadas para funcionar otorgando esas licencias en representación de los titulares de derechos de autor y de derechos conexos. Algunas pueden representarlos en forma separada u operar, cuando exista más de una para un mismo tipo de titulares o siendo de naturaleza distinta deciden velar por una operación asociativa (vía contratos de mandato de gestión entre ellas) para funcionar de forma más efectiva como verdaderas “ventanillas únicas” y así lograr no confundir al usuario al momento de hacer el respectivo cobro. Estas entidades, que habitualmente se constituyen como corporaciones de derecho privado sin fines de lucro, se entiende que están legitimadas para representar los intereses tanto de sus asociados como de otras personas, que si bien no están asociados les han conferido mandatos de representación al efecto atendida su calidad de titulares de los derechos mencionados. Habitualmente estas entidades se denominan Entidades de gestión Colectiva (EGC) o Sociedades de Gestión, las que con pequeñas variaciones dependiendo del país en que operen y la legislación aplicable, se someten en su actuar a la supervisión y vigilancia de la autoridad estatal.
Por tanto, en esta primera parte conviene aclarar que si se va a usar música en determinadas reuniones de carácter público, hay que verificar primero si tal uso se hará respecto de obras que se encuentran en el dominio privado y que no exista una excepción legal que ampare tal uso sin necesidad de requerir autorización del respectivo titular, situación esta última que parece poco probable en virtud de lo que se ha argumentado por las partes. Por ello, parece muy probable que deba obtenerse la respectiva autorización de la EGC pero también podría ocurrir que el titular respectivo hubiera decidido mantener su gestión individual y habría que solicitárselo directamente (hipótesis que también parece bastante poco probable que sea aplicable si el titular desea recaudar realmente de una forma eficiente el dinero que generen las respectivas utilizaciones en toda una región, país o grupo de países)
Ahora bien, si los objetos protegidos por derechos de autor y conexos se encuentran en dominio público, su uso es libre e igual puede llegar a suceder en algunas hipótesis de alguna licencia del tipo creative commons u otra equivalente. Pero en todos los casos igualmente se debe tener cuidado con los derechos morales de los respectivos autores y de hacer sólo aquello que expresamente me autoricen esas licencias y nada más allá.
Finalmente, imagino que nadie desea usar en este caso las partituras de las obras sino más bien los fonogramas y por ello, si la EGC quiere invitar a sus potenciales usuarios a hacer usos de sus servicios, es prudente que se informe de todos los derechos que se verán involucrados y no sólo una parte de los mismos, pues se requiere que en la operación frente a los consumidores primen la eficiencia y la transparencia, para evitar cobros incompletos que en definitiva perjudican la credibilidad de todo el sistema de EGC y no benefician en nada a los titulares de derechos asociados o representados por estas entidades.
Saludos cordiales a todos,
Claudio Ossa Rojas”
[...] ¿Puede una sociedad de gestión de derecho de autor arrogarse la representación de obras que no son de sus asociados o no figuran en sus convenios? Este cuestionamiento es lo que ha dado luz a una nueva polémica en Perú, donde se involucra a la Asociación Peruana de Autores y Compositores (APDAYC), y que terminará en un debate público este 22 de marzo. [...]
Y Francis Gurry: Director de la Organizacion Mundial de la Propiedad Intelectual dice sobre el futuro del derecho de autor, mientras aqui siguen hablando de modelos obsoletos. “The purpose of copyright is not to influence technological possibilities for creative expression or the business models built on those technological possibilities. Nor is its purpose to preserve business models established under obsolete or moribund technologies. Its purpose is, I believe, to work with any and all technologies for the production and distribution of cultural works, and to extract some value from the cultural exchanges made possible by those technologies to return to creators and performers and the business associates engaged by them to facilitate the cultural exchanges through the use of the technologies. Copyright should be about promoting cultural dynamism, not preserving or promoting vested business interests.”
Fuente:
Blue Sky Conference: Future Directions in Copyright Law
Queensland University of Technology, Sydney, Australia
February 25, 2011
The Future of Copyright (Sydney, February 25, 2011)
Francis Gurry, Director General, World Intellectual Property Organization
http://www.wipo.int/about-wipo/en/dgo/speeches/dg_blueskyconf_11.htm
[...] y …. « Dia de la Fraternidad – un momento para compartir y reflexionar Derechos de Autor y Campañas – Y yo Acepto el Reto de APDAYC para el Debate [...]
[...] era de la web 2.0 son preocupaciones que quiere llevar al congreso. Este último tema le ha valido un reto del mismísimo Armando Massé (eterno Lord Sith de APDAYC). En la siguiente entrevista hay de todo [...]
[...] era de la web 2.0 son preocupaciones que quiere llevar al congreso. Este último tema le ha valido un reto del mismísimo Armando Massé (eterno Lord Sith de APDAYC). En la siguiente entrevista hay de [...]
rt @ialaw ¿Sin intermediarios? by Augusto Ayesta – http://bit.ly/fJmZMk <- sobre #derechodeautor #APDAYC (Excelente articulo)
Por Augusto C. Ayesta
Generar contenido de calidad cuesta. Tiempo, investigación, dinero, educación, estrés, horas de sueño, y la lista puede continuar. ¡Imagínese! usted pasó por todo esto para crear contenido sobre su especialidad y una tarde, mientras navega por la red, se da cuenta que algún ser copió su producción, se atribuyó la creación y nunca lo citó. ¿Cómo reaccionaría, además de hacer un poco de hígado?
Toda obra tiene derechos de autor. Toda canción, poema, pintura, fotografía o cualquier contenido que circula sobre Internet, y fuera de ella, tiene un autor -o varios- que la ha creado. Obligación de todos es reconocer a dicho autor su creación.
Los autores tienen derecho, por la ley, de poder licenciar dichos contenidos en una variedad de formas, con licencias libres de amplio acceso, como los contenidos que se suben bajo licencias creative commons o en portales donde se utilizan dichas licencias. Algunos otros creadores piensan que sus contenidos no deben ser de libre acceso, sino restringido y por ende requieren de los que utilizan sus obras una compensación.
En varios países, se han creado entidades que se llaman de gestión de derechos, que velan por los derechos de sus asociados: autores que consideran que estas entidades son las que les pueden gestionar mejor el cobro de dichos derechos, tanto en el mundo offline como en el online.
Y es aquí donde entran las situaciones, ya que estas entidades tienen un catálogo de obras por los cuales velan, y sobre las cuales tienen legítimos derechos para proteger y reclamar las compensaciones por los usos que los autores y la ley determinaron.
Lo que sucede es que no todos los autores forman parte del “club”, porque consideran que con las redes sociales pueden acceder a los “consumidores” directamente y no requieren estos intermediarios. Seguro algunos liberaron sus contenidos bajo licencias de libre acceso.
O las obras son del dominio público. Es decir, hay una variedad de obras sobre las cuales las entidades de gestión no tendrían derechos de recaudar las compensaciones, porque son obras que no están bajo su esfera.
Este es el debate actual en el derecho de autor, donde el director del Organismo Mundial de Derecho de Autor, ha reconocido que se está generando una serie de “partidos piratas” contrarios al derecho de autor, pero que en realidad están en contra del modelo obsoleto de la intermediación que se ha desarrollado en la industria por años, cosa que debe cambiar. Si pensamos seguir con la misma concepción pre-Internet, estamos condenando a la muerte a los derechos de autor.
Falta poco para las elecciones y sobre este tema se escucha poco, o nada. De hecho, hay muchos otros, e importantes también, pero cada vez más vivimos en lo online, y no se debe dejarlo a un costado de la agenda. Creo que vale la pena escuchar la voz de especialistas, pero de aquellos que defiendan las redes, los derechos de autor, las licencias libres y la libertad de acceso a los contenidos.
En ese sentido, vale rescatar la voz de Erick Iriarte, que si bien tiene una campaña basada solo en online, busca y promete defender la libertad de los autores de licenciar sus contenidos, y la de todos a acceder a ellos. ¿Quién más entrará a este ruedo? Con un solo jugador, no hay diversión.
CREO MR IRIARTE QUE DEBE SENTIR NOSTALGIA QUE SU PARTIDO YA DESAPARECE SUMIDO EN LA FALTA DE RESPETO DE INTEGRANTES COMO UD QUE ATENTAN CONTRA LOS LEGITIMOS DERCHOS DE LOS AUTORES DELPERU Y DELMUNDO. UD. QUE NO TIENE NI IMAGINACION PARA CREAR MUSICA NO TIENE DERECHO ALGUNO EN CRITICAR Y MENOS DECIR ORACIONES ….. QUE ABURRIDO ES DISCUSION ENTRE DOS ……QUE VENGAN MAS VERDAD ? ATRAIDOS POR QUE, POR QUIEN O PARA QUE ? PARA HACER MAS INFORMALIDAD EN EL PERU Y NO RESPETAR LASLEYES Y MENOS LOS DERECHOS CIVILES.POR ESO EL PAP ES Y SERA SOLO UN MISERABLE PARTIDO SECTARIO DESDE QUE SE FUE DON VICTOR RAUL…….SI VIVIERA EL, LO MANDARIA A UD A QUE VUELVA A ESTUDIAR DERECHO PERO EL VERDADERO.
Hola Juan Ramon
1. El sitio web que referencias como identificacion (lalegalidaddelavida.com) no existe, es mas esta libre para registrarlo. No hay que mentir
2. El nombre que has elegido, lo buscas en google y sale una unica vez (y se referencia a un post anterior que solicitaste)
3. Las reglas de net-etiquett (etiqueta de la red), dicen que escribir en mayusculas es gritar (pero evidentemente usted no viene del mundo de internet)
4. Creo que no ha leido a Francis Gurry, quien es?, el Director de la OMPI. Que es la OMPI? el organismo mundial de propiedad intelectual, que dice cosas contrarias a usted: Sirvase leer aqui: http://www.wipo.int/about-wipo/en/dgo/speeches/dg_blueskyconf_11.htm
5. Sobre tener imaginacion para la musica, no tengo ese don para ser compositor. Pero si soy poeta y cuentista (lo puede ver en mi blog). Yo tambien soy autor, (o es que la poesia y la narrativa son menos arte que la musica), las musas eran hermanas todas por igual.
6. Tengo todo el derecho de criticar un sistema que es injusto, leonino, agresivo para con los ciudadanos pero ademas agresivo con los mismos musicos y artistas (o es que usted cree que los movimientos de licencias abiertas y contra SGAE, ACTA, SINDE, y similares son gratuitos?, los crearon las mismas entidades de gestion colectiva y el modelo de la industria actual). Nota especial, el dialogo exige posiciones divergentes, que buscan encontrar una verdad, cuando uno quiere callar al otro se llama imposicion; y cuando busca denigrar al otro se llama abuso.
7. Respetar los derechos de autor, utilizandolos para la libertad del creador, de poder tener licencias abiertas, no va contra la ley ni formenta la informalidad. O dira usted que el software libre, las licencias creative commons, y los contenidos de libre acceso son contrarios a la ley?, me encantaria que lo dijera, para ir no solo contra el internet sino contra los ultimos 20 años de historia del mundo.
8. Sobre que el PAP es sectario, no me toca a mi responder eso, sino al Secretario General y al Presidente del Partido.
9. curiosidad, en que otro blog, o sitio web, ha colocado usted sus apreciaciones, porque del numero ip que usted ha dejado se puede saber claramente de que institucion esta escribiendo, digo, por si el nombre “alterno”, el web “inexistente” y el email “no reconocido”, dicen algo.
10. Sobre el debate con masse entre dos, es lo mas justo, el me reto a mi, no porque yo desee un curul (de hecho si lo hubiera querido hubiera empezado atacandalo desde el inicio), lo que estoy haciendo es aceptar el reto de propia mano de Masse, para hablar sobre el presente del derecho de autor en el Peru a la luz de la realidad, y no de los libros de texto.
11. Usted ha leido alguno de los comentarios o documentos aqui expuestos o cree que todos son sectarios, de izquierda, revolucionarios, solo pensados en internet, hecho por mis amigos, o algo asi?
12. El verdadero derecho existe de un aforismo juridico, que si usted no lo sabe se lo indico: Ubi Societas, Ubi Ius, donde hay sociedad hay derecho; es la sociedad la que hace el derecho, no el derecho que encasilla a la sociedad. Y aun asi se pregunta porque Shakespeare en Enrique V, dice: “primero que nada mataremos a todos los abogados”
Un Comentario Extra señor Juan Ramon Lanzaduri
Porque cuando uno busca en google por usted, solo aparece un comentario en este mismo blog?.
Datos referenciados del post:
“JUAN RAMON LANDAZURI
lalegalidaddelavida.com
lawinhouse@yahoo.com
190.233.39.131″
rt @coyotegris EnRadio Insomnio con @sergiogalliani y Nazira #derechodeautor y APDAYC (Gracias @spencerlandia)- http://youtu.be/7hkSwRONzEo
Referente al caso específico de los derechos de autor y las campañas políticas la ley Especial Decreto Legislativo Nº 822 Ley de derecho de autor artículo 21º señala lo siguiente:
“Los derechos morales reconocidos por la presente ley son perpetuos, inalienables, inembargables, irrenunciables e imprescriptibles”
Artículo 22º.- Son derechos morales;
Inc. d: El derecho de modificación o variación.
Por lo tanto a mi parecer los partidos políticos que vienen usando obras musicales alteradas, modificadas o en todo caso en versión original deben de respetar y reconocer los derechos de autor protegidos en la presente Ley, cumpliendo con el pago que corresponde según las tarifas establecidas en por las Sociedades de Gestión Colectiva.
[...] Parte II: Derechos de Autor y Campañas – Y yo Acepto el Reto de APDAYC para el Debate [...]
[...] Parte II: Derechos de Autor y Campañas – Y yo Acepto el Reto de APDAYC para el Debate [...]
[...] año pasado Armando Masse, presidente de APDAYC me reto a un debate publico (23.03.11) (http://lexdigitalis.lamula.pe/2011/02/23/derechos-de-autor-y-campanas-y-yo-acepto-el-reto-de-apdayc-...) sobre #derechodeautor. Finalmente no fue, y el año que ha seguido desde esa fecha ha sido de lo [...]
[...] que quien propuso el debate fuiste tu, y ademas tambien propusiste a la Catolica como posible sede: http://lexdigitalis.lamula.pe/2011/02/23/derechos-de-autor-y-campanas-y-yo-acepto-el-reto-de-apdayc-... , yo no te rete a debatir, yo te respondi a tu mensaje en la cual pretendias imponer tu vision del [...]