Pequeña critica al Proyecto de Ley 4434 que declara derecho fundamental el acceso a la banda ancha
Si hace unos dias publicaba esta nota
Proyecto 4392
Declarar de necesidad publica e interes nacional la banda ancha de Internet
ahora la nota del proyecto presentado por el Partido Aprista va un paso mas alla... Declarar como derecho fundamental el acceso a la banda ancha
Proyecto 4434
Declarar derecho fundamental el acceso a la banda ancha
Dos notas:
1. si es mi derecho fundamental, mañana le exigo al estado que me ponga banda ancha gratis en mi casa, pero ademas que sea de 10 Gigas... porque el proyecto no dice nada de calidad del servicio, ni de que solo sea derecho para algunos, ni que pasa con los que ya contrataron, ni tampoco dice algo mas interesante, es quien va a pagar el sistema
2. dice el proyecto: "El MTC es el organismo del Estado encargado de reorganizar los recursos existentes para lograr el acceso a la banda ancha, administrandolos adecuadamente a través de un solo ente" se refiere a la banda ancha que ofrecera el estado de manera gratuita a los que no pueden?, porque si es que se instalara banda ancha por inversion privada eso deberia ir por OSIPTEL, se refiere a OSIPTEL este parrafo?, o a algo mas?
De pronto la iniciativa se nos hace buena, pero creo que debieron revisar adecuadamente los antecedentes (la norma finlandesa establecia 1 MB minimo y hablaba de derecho a una conexion a internet, ya los suizos tenian algo similar)
Ojo con esto: "A partir de ahora, la conexión de banda ancha a un precio razonable es un derecho fundamental en Finlandia. Éste es, sin duda, uno de los mayores logros del Gobierno en cuanto a política regional, y estoy orgullosa de ello", afirmó en un comunicado la ministra finlandesa de Transporte y Comunicaciones, Suvi Lindén. (...)"
El objetivo del Gobierno finlandés es ampliar la velocidad mínima de conexión a internet a través de cables de fibra óptica hasta los cien megabytes por segundo (Mbps) antes de finales de 2015.
Es decir a. habia un plan estrategico de Sociedad de la Informacion, b. el derecho es a tener un precio razonable para el acceso a la banda ancha
Por si alguien quiere saber exactamente que se hizo en Finlandia: http://www.lvm.fi/web/en/pressreleases/view/1169259 (nota de prensa oficial) "- From now on a reasonably priced broadband connection will be everyone’s basic right in Finland." O sea acceso a la banda ancha no es el eje, sino acceso universal, y el acceso universal ahora se llama Banda Ancha, en un par de años se puede llamar de otra manera y que.. le hacemos otra ley "de derecho fundamental"?
Sobre Costa Rica, a ver... fue una sentencia del tribunal constitucional la que dice:
"Derecho básico. En el voto, notificado este lunes, los magistrados argumentan que en este momento el acceso a las nuevas tecnologías es en un instrumento básico para facilitar el ejercicio de derechos fundamentales como la participación democrática y el control ciudadano, la educación, la libertad de expresión y de pensamiento, entre otros.
“Incluso, se ha afirmado el carácter de derecho fundamental que reviste el acceso a estas tecnologías, concretamente, el derecho a acceso a Internet o red de redes”, dice la Sala en referencia a una setencia del Consejo Constitucional de Francia, que calificó como un derecho básico el acceso a Internet.
Sobre el fallo, Miguel González, director ejecutivo de la Cámara de Infocomunicación y Tecnología, manifestó que coinciden con la Sala sobre la obligación del Estado de promover la universalidad."
Fuente. http://www.nacion.com/2010-09-08/ElPais/NotasSecundarias/ElPais2514038.aspx
Y si quieren leer el fallo completo aqui: http://200.91.68.20/scij/busqueda/jurisprudencia/jur_repartidor.asp?param1=XYZ¶m2=1&nValor1=1&nValor2=483874&strTipM=T&lResultado=1&strTem=ReTem
Ojo dice claramente: "derecho fundamental que reviste el acceso a las tecnologias, concretamente, el derecho a acceso a internet". (quizas sea yo que lea mal la referencia o la sentencia dice otra cosa que derecho fundamental a la banda ancha)
Luego tienen esta norma de costa rica, que quizas sea a la cual se quisieron referenciar
http://www.pgr.go.cr/Scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_repartidor.asp?param1=NRTC&nValor1=1&nValor2=63431&nValor3=77210&strTipM=TC (Ley General de Telecomunicaciones)
que dice: "
TRANSITORIO VI.-
El primer Plan nacional de desarrollo de las telecomunicaciones que se dicte deberá establecer, como mínimo, las siguientes metas y prioridades de acceso universal, servicio universal y solidaridad:
(...)
b) Que todos los usuarios finales puedan contar con acceso a Internet de banda ancha, posibilitando, a mediano plazo, el uso de tecnologías inalámbricas en las comunidades donde los costos para la instalación y el mantenimiento de la infraestructura es elevada."
No es que este mal regular, pero quizas sepamos que regulamos. Derecho a la Banda Ancha, sin duda alguna, pero primero que saquen la Ley de Proteccion de Datos, o que? le damos acceso a todos por banda ancha y que cada cual resuelva su vida? El Congreso debe exigir la necesidad de un plan de sociedad de la informacion donde sus iniciativas de regulacion como la que toca ahora tengan asidero, pero tambien deben reconocer y tomar en consideracion el trabajo que realizo la Comisión Multisectorial Temporal con el encargo de elaborar el “Plan Nacional para el Desarrollo de la Banda Ancha en el Perú”, cuyos resultados pueden ser vistos aqui: http://www.mtc.gob.pe/portal/proyecto_banda_ancha/proyecto.html
Tanto por hacer y leen mal las referencias y peor aun se dejan llevar por titulares y no se enfocan en el problema real. Quieren un tema para sacar y que tenga trascendencia y utilidad: LEY DE PROTECCION DE DATOS PERSONALES EN EL PERU.... YA!!!!!!!!